El Tribunal Supremo ha fijado en sentencia del 1 de julio de 2026 que el plazo para reclamar los gastos hipotecarios arranca con la firmeza de la cláusula abusiva, descartando que se inicie con el abono de las facturas como regla general.
La consecuencia práctica es enorme y beneficia a millones de hipotecados. El plazo de prescripción de cinco años no arranca en la fecha de firma de la hipoteca, sino en la de firmeza de la sentencia que declara nula la cláusula que obligaba a esos pagos. Esto significa que quien firmó su hipoteca hace 15 o 20 años y nunca ha reclamado, puede tener su derecho intacto.
El ponente, el magistrado Sancho Gargallo, razona que la única excepción para adelantar ese plazo sería que la entidad prestamista logre demostrar que el cliente ya conocía el carácter abusivo de la estipulación en una fecha anterior. La carga de la prueba recae sobre el banco, no sobre el consumidor.
La sentencia confirma la doctrina del Pleno de junio de 2024 y la alinea con el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El Supremo llega a tachar de paradójico que la banca pida seguridad jurídica cuando lleva una década sin devolver el dinero a sus clientes pese a saber que su cláusula era ilegal.
¿Qué puedes reclamar si firmaste tu hipoteca antes de 2019? El 100% del importe pagado en Registro de la Propiedad, gestoría y tasación, más el 50% de la factura de notaría, más los intereses legales desde la fecha de cada pago hasta la devolución.
Si nunca has reclamado, esta sentencia es la señal que necesitabas. El plazo no ha prescrito para la inmensa mayoría de los afectados. Lo que sí tiene un límite es el tiempo desde que existe una sentencia firme en tu caso. Y ese reloj, para quien no ha ido a juicio todavía, ni siquiera ha empezado a correr.

