Quien busque piso de alquiler en Bilbao, San Sebastián o A Coruña esta semana tiene una probabilidad muy alta de toparse con un anuncio que no dice lo que, desde el 6 de octubre, debería decir. Es la conclusión de FACUA-Consumidores en Acción, que ha revisado 102 anuncios en seis ciudades y ha encontrado irregularidades en 98 de ellos. La asociación ha trasladado el resultado a las autoridades de Consumo y ha señalado a los seis portales donde se publicaron: idealista, Fotocasa, Pisos.com, Habitaclia, Ya Encontré y Milanuncios.

El punto de partida es el artículo 20 del Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, que exige veracidad y transparencia en la publicidad y en las ofertas de arrendamiento. En la práctica, eso significa que el anuncio de una vivienda en zona de mercado residencial tensionado tiene que enseñar al interesado lo que antes quedaba fuera de plano: el índice de referencia del precio del alquiler, la renta máxima que se puede cobrar y la normativa que fija ese límite. Según FACUA, esas exigencias alcanzan también a los alquileres temporales y de habitaciones cuando se destinan a vivienda habitual, un terreno donde el truco del contrato «de temporada» ha servido durante años para esquivar los topes.

Lo que la asociación afirma haber encontrado es, sobre todo, silencio. Los anuncios revisados no incluyen el precio máximo aplicable en zona tensionada, no indican si el propietario es o no gran tenedor y tampoco recogen la cuantía del último alquiler, tres datos que permiten al inquilino comprobar de un vistazo si lo que le piden es legal. Son justo los que convierten un anuncio en una herramienta de control y no solo en un escaparate.

La muestra abarca seis ciudades declaradas zona tensionada: Barcelona, Bilbao, San Sebastián, Barakaldo, A Coruña y Santiago de Compostela. El resultado es desigual en volumen, pero casi uniforme en el fondo. En Barcelona, la ciudad con más peso en la muestra, FACUA analizó 30 anuncios y solo cuatro cumplían. En Bilbao, San Sebastián y Barakaldo, ninguno de los examinados se ajustaba a lo exigido, y en A Coruña y Santiago de Compostela la asociación habla de incumplimientos en todos los anuncios revisados. La propia organización no desglosa cuántos anuncios corresponden a cada ciudad más allá del caso barcelonés, de modo que el reparto exacto queda sin aclarar.

Hay un matiz importante de calendario. El decreto lleva apenas unos días en vigor cuando se hace la revisión, y cualquier sector que tenga que reajustar sus formularios de publicación, sus bases de datos y su relación con miles de inmobiliarias y particulares necesita tiempo. Que casi ningún anuncio cumpla puede leerse como una desobediencia generalizada o como el síntoma de una adaptación que todavía no ha llegado a la pantalla. FACUA opta por la primera lectura: pide a las autoridades que inspeccionen los anuncios denunciados y que, si se confirman los incumplimientos, abran expedientes sancionadores contra las plataformas y contra las inmobiliarias responsables.

La denuncia se ha presentado ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y ante las autoridades autonómicas de Consumo de Euskadi, Cataluña y Galicia, las tres comunidades donde están las ciudades analizadas y donde ya se aplican límites a los alquileres. Esa doble vía es relevante, porque la competencia sancionadora en materia de consumo está muy repartida y de ella dependerá que el asunto avance con rapidez o se pierda entre ventanillas. La asociación también ha anunciado que actuará contra «decenas» de inmobiliarias que publicaron los anuncios señalados, lo que amplía el foco más allá de los portales: el anuncio lo redacta quien alquila y lo difunde quien aloja, y el reparto de responsabilidades entre ambos es justamente lo que está en juego.

Ese reparto no es un asunto menor. Los portales han defendido en distintos litigios que su papel es el de intermediarios tecnológicos y que el contenido de cada anuncio es responsabilidad de quien lo sube. Es un argumento con recorrido en los tribunales y que ya ha sido discutido en otros procedimientos sobre la normativa de alquileres. El nuevo decreto, en cambio, habla de publicidad y de ofertas, un lenguaje que abre la puerta a exigir más a quien difunde. Hasta ahora no consta ninguna respuesta de los portales ni de las inmobiliarias a la denuncia, y tampoco se ha impuesto ninguna sanción ni se han fijado importes de posibles multas.

Para el inquilino, la consecuencia es muy concreta. Un anuncio sin renta máxima ni referencia de precios obliga a ir a buscar fuera lo que debería estar dentro, y la información se asimetriza en el peor momento, cuando se compara, se reserva y se firma con prisa. Para el propietario, el riesgo es el contrario: publicar un anuncio incompleto en una zona tensionada puede convertirse en la puerta de entrada de una inspección. Y para los portales, la discusión de fondo es cuánto de ese control están dispuestos a incorporar a su propia plataforma antes de que lo exija un expediente.

Queda por ver si esta primera denuncia se traduce en inspecciones reales o si se queda en un termómetro de lo que ocurre cuando una norma llega antes que su aplicación. Lo que sí deja es una fotografía nítida de la distancia que separa lo que dice el decreto de lo que muestra, hoy, una pantalla de búsqueda de piso.